LECCIONES DE DERECHO CONSTITUCIONAL PARA DIPUTADOS (3/5)
Pedro Pineda Madrid (*) Diputados refrescándose después de una sesión del Congreso Nacional, entre ellos: Sixto Vitalicio Quezada, Modesto Rodas Alvarado, Abraham Williams Calderón, Ramón Medina Luna y Federico González. III Una comparación de nuestras sucesivas constituciones en lo que atañe a aspectos institucionales y específicamente sociales, nos enseña lo siguiente: CONSTITUCIÓN FEDERAL DE 1824 En páginas anteriores hablamos ya ampliamente de esta Constitución y a esas páginas nos remitimos. Repetimos, no obstante, algunas de sus singularidades: La organización de poderes en ella siguió el molde clásico, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con el aditamento de un Consejo Representativo en cada Estado, que venía siendo el equivalente del Senado Federal para cada uno de ellos. Falta de libertad de conciencia. Admisión de los eclesiásticos como representantes en el Congreso. Bicameralismo. Enumeración de garantías acerca de la libertad individual. Admisión del arre...